El cooperativismo es transformar con los hechos propios el bienestar económico y social de las personas por medio de la cooperación entre ellas. Te invitamos a hacer parte de esta gran empresa cooperativa, basada en principios y valores sociales mediante los cuales se propone la satisfacción de las necesidades económicas y socioculturales de las personas, es decir de sus asociados, sobre la base del modelo cooperativo. 

 

Requisitos para ser socio de la Cooperativa de Yarumal

 

Persona natural mayor de edad

  • Fotocopia de cédula de ciudadanía ampliada al 200% 
  • Certificado de ingresos 
  • Datos exactos de ubicación 
  • Datos de referencias personales y familiares 
  • Datos de beneficiarios 
     

Persona natural de 0 a 17 años más 364 días

  • Fotocopia de cédula de ciudadanía ampliada al 200% del representante legal
  • Fotocopia de registro civil de nacimiento del menor
  • Fotocopia de la tarjeta de identidad ampliada al 200 % (Mayores de 7 años)
  • Certificado de ingresos del representante legal 
  • Datos exactos de ubicación 
  • Datos de referencias personales y familiares 
  • Datos de beneficiarios 

Persona jurídica

  • Fotocopia de estatutos (si aplica)
  • Cámara de comercio original (si aplica) 
  • Copia del Rut (si aplica) 
  • Auto (para juntas de acción comunal)
  • Copia de personería jurídica (si aplica)
  • Copia de acta donde eligieron junta directiva 
  • Carta autorización para el manejo de la cuenta 
  • Copia de cédula ampliada al 200% de las personas que manejarán la cuenta
  • Declaración de renta, balance del último trimestre (si aplica)
  • Sello (si aplica) 

Por norma legal y política de la Cooperativa, todo asociado debe ajustarse a la normatividad interna y externa del SARLAFT, cumpliendo también con los principios establecidos en el Estatuto, Código de Ética y Conducta y el Código de Buen Gobierno.

La calidad de asociado se adquiere una vez cumpla con los requisitos exigidos en el Estatuto y en las reglamentaciones que para el efecto, expida el Consejo de Administración. 


Tarifas

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DEBERES DE LOS ASOCIADOS

  1. Adquirir conocimientos sobre los principios básicos del cooperativismo, características del acuerdo cooperativo, Estatuto y reglamentos que rigen la Cooperativa de Yarumal.
  2. Cumplir las obligaciones derivadas del acuerdo cooperativo.
  3. Aceptar y cumplir las decisiones de los órganos de Administración y Vigilancia, adoptados de conformidad con la Ley, con el Estatuto o con reglamentos internos.
  4. Comportarse solidariamente en sus relaciones con la Cooperativa y con los asociados de ella.
  5. Abstenerse de ejecutar hechos o de incurrir en omisiones que afectan o puedan afectar la estabilidad económica y financiera, el prestigio o la imagen de la Cooperativa de Yarumal.
  6. Utilizar adecuada y frecuentemente los servicios de la Cooperativa.
  7. Elegir a los delegados para que los represente en las Asambleas Ordinarias y Extraordinarias.
  8. Aceptar y desempeñar fiel y correctamente los cargos, comités o comisiones para los cuales sea elegido.
  9. Participar efectivamente en los programas educativos que lleve a cabo la Cooperativa de Yarumal de acuerdo con la reglamentación y la legislación vigente, así como en los demás eventos a que se le cite.
  10. Presentar a la administración las sugerencias que estimen convenientes para la buena marcha de la Cooperativa.
  11. Informar a los órganos respectivos las anomalías que observe.
  12. Prestar su buena voluntad para dirimir los conflictos personales con la Cooperativa y otros asociados.
  13. Pagar los aportes extraordinarios que fije la Asamblea.
  14. Pagar la cuota de admisión de acuerdo con las reglamentaciones que expida el Consejo de Administración.
  15. Pagar los aportes ordinarios, para lo cual el Consejo de Administración reglamentará el valor y forma de pago. 
  16. Cumplir oportunamente con las obligaciones crediticias y económicas y de otra índole que adquiera con la Cooperativa de Yarumal.
  17. Mantener como aportes sociales el mínimo reglamentario establecido para cada período anual.
  18. Realizar como mínimo una operación financiera (ahorro o crédito) semestral por cada periodo anual.
  19. Actualizar cada año la información personal y financiera en las oficinas de la Cooperativa o mediante cualquier otro medio implementado para ello.
  20. Presentar toda la información y documentación regulada por el SARLAFT (Sistema de Administración del Riesgos de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo). 
  21. Demostrar debidamente el origen de sus ahorros y/o aportes, mediante el diligenciamiento del formulario dispuesto para ello por parte de la Cooperativa.
  22. Evitar la exposición de la Cooperativa al riesgo de ser utilizada para el ocultamiento, manejo, inversión o aprovechamiento en cualquier forma de dineros u otros bienes provenientes de actividades delictivas o destinadas a ellas, o para dar apariencia de legalidad a las mismas.
  23. Cumplir los demás deberes que resulten de la Ley, el Estatuto, Código de Buen Gobierno y los Reglamentos.

 

DERECHOS DE LOS ASOCIADOS

  1. Utilizar los servicios de la Cooperativa y realizar con ella las operaciones propias de su objeto social, en concordancia con los reglamentos vigentes.
  2. Participar en las actividades de la Cooperativa y en su gestión y control, desempeñando los cargos sociales y de elección al tenor de lo establecido en el Estatuto y Código de Buen Gobierno.
  3. Ejercer actos de decisión y de elección en las Asambleas Generales a través del voto uninominal, así como en otros actos en que la elección sea necesaria, pero sin que en ningún caso a cada asociado corresponda más de un (1) voto. En el caso de los asociados menores que no hayan cumplido los 14 años de edad el voto lo ejercerán la representación legal; para el caso de las personas jurídicas, el voto se ejercerá a través del representante legal. 
  4. Beneficiarse de los programas de educación, formación y capacitación cooperativa, social y técnica que se realicen, así como los beneficios sociales de conformidad con la reglamentación impartida por el Consejo de Administración o los respectivos comités.
  5. Participar de los resultados económicos de la Cooperativa mediante la revalorización de sus aportes, en caso de ser aprobada por la Asamblea General de Delegados y de la aplicación del excedente de acuerdo a disposiciones legales, estatutarias o las decisiones que al respecto adopte la Asamblea General de Delegados.
  6. Fiscalizar la gestión económica y social de la Cooperativa por medio de los órganos de control y de vigilancia y conocer sobre la marcha general y sobre el estado de la misma de acuerdo con los procedimientos que al respecto establezca la Junta de Vigilancia.
  7. Presentar a la Junta de Vigilancia y/o a la Superintendencia de la Economía Solidaria, por escrito, quejas y reclamos en relación con la administración, los servicios o el funcionamiento general de la Cooperativa y recibir las explicaciones, aclaraciones o justificaciones por parte de dichos órganos.
  8. Ser informados de la gestión de la Cooperativa, de sus resultados y de su situación económica y financiera, de sus planes y programas, a través de las Asambleas Generales o de reuniones especiales convocadas para tales fines.
  9. Retirarse de la Cooperativa en cualquier momento, siempre y cuando la Entidad no esté en proceso de liquidación voluntaria u obligatoria y las autoridades de control, inspección y vigilancia hayan ordenado suspensión de retiros y devolución de aportes, actuando de conformidad con el Estatuto y con los reglamentos internos.
  10. Disfrutar de los servicios, beneficios y prerrogativas que la Cooperativa de Yarumal tiene establecidos para sus asociados.
  11. Presentar a los organismos directivos proyectos o iniciativas que tengan por objeto el mejoramiento de la entidad.
  12. Las demás que se deriven de su vinculación como asociado de la Cooperativa de Yarumal, en concordancia con la Ley, con el Estatuto, Código de Buen Gobierno y con reglamentos internos.

 

Los derechos correspondientes a los asociados menores de edad están enfocados al fomento de los principios y valores cooperativos y del ahorro, limitando su acceso al crédito y su participación en cuerpos colegiados.

El ejercicio de los derechos anteriores está condicionado al cumplimiento de los deberes financieros y económicos que se señalan en el artículo anterior, así como los que están al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones pecuniarias con la Cooperativa de Yarumal.

La Cooperativa, a través del Consejo de Administración, establecerá los mecanismos mediante los cuales se garantice a los asociados el derecho a estar informados, previo a la vinculación como asociado y durante el tiempo que mantenga esta condición.
 

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